
El Pregonero. Santo Domingo.-El Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de la República Dominicana dictó dos años de suspensión o inhabilitación laboral del ejercicio de la abogacÃa al jurista Emilio Alfonso Garden Jiminián, acusado de estafa y de violar varios artÃculos del Código de Ética del Abogado.
El tribunal determinó que Garden Jiminián violó los artÃculos 1,2,3,25,36,37 y 43 del Código de Ética del Profesional del Derecho, razón por la cual fue declarado culpable y sancionado.
La decisión fue adoptada por los jueces Domingo Depratz Jiménez, presidente del Tribunal Disciplinario, Wagner Piñeyro Mateo, juez secretario, Elido Alcántara, Juez sustituto; en presencia de Belquis Altagracia RodrÃguez HenrÃquez, secretaria.
El proceso fue conocido luego de que el tribunal declaró como buena y valida una querella en contra del jurista, interpuesta por el Ing. Eddy Vargas Hernández en fecha 20 de diciembre del 2016, ante la FiscalÃa del Colegio de Abogados por parte del Consejo Directivo del CARD, encabezado por Miguel Surun Hernández, presidente del gremio, en virtud de no tener respuesta a múltiples denuncias públicas y privadas del afectado.
El proceso fue investigado por los miembros de la FiscalÃa Nacional del CARD, integrada por Mayobanex MartÃnez, fiscal nacional; Mercedes de la Rosa MartÃnez y Edwardo Anziany.
Según las indagatorias el Ing. Eddy Vargas Hernández, entregó al jurista Garden Jiminián la sentencia marcada con el No. 602/2009, dictada por la Primera Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional en el año 2010 en contra de la empresa Innovatica, S.A y del Sr. José Pedro DÃaz González, para que el jurista se encargara de gestionar el cobro de la decisión judicial, lo cual nunca realizo y se dedico a hablar mentiras y dormir el expediente por 5 largos años sin dar explicación al Ing. Eddy Vargas Hernández, lo que se constituye en una falta grave según el código de ética del CARD.
Garden Jiminián continuaba engañando y mintiendo descaradamente al Ing. Eddy Vargas Hernández a pesar de tener una relación cercana y amistosa de muchos años, llegando a cobrar el dinero de la sentencia mencionada a la empresa Innovatica, S.A y al Sr. José Pedro DÃaz González, dichos valores fueron entregados en efectivo y en especie a través de un vehÃculo propiedad de DÃaz González, según versiones de directivos de la propia empresa.
El dictamen del Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de la República Dominicana fue notificado a las partes envueltas en el proceso; asà como a la Suprema Corte de Justicia, la ProcuradurÃa General de la República, a la FiscalÃa Nacional del CARD y otras instancias, en cumplimiento a lo dispuesto en los artÃculos 86 y 87 del Estatuto Orgánico del CARD
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